Ley 19296 Establece Normas Sobre Asociaciones de Funcionarios de La Administración del Estado

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 Artículo 1°.- Reconócese, a los trabajadores de la Administración del Estado, incluidas las municipalidades y del Congreso Nacional, el derecho de constituir, sinLEY 19673
Art. único
D.O. 05.05.2000
 autorización previa, las asociaciones de funcionarios que estimen

conveniente, con la sola condición de sujetarse a la ley y a los estatutos de las mismas.

    Asimismo, les será aplicable esta ley a los miembros del Poder Judicial actualmente en ejercicio o jubilados, sin perjuicioLey 20722
Art. ÚNICO N° 1
D.O. 31.01.2014
 de las excepciones que se señalan.
    Esta ley no se aplicará, sin embargo, a las Fuerzas Armadas, a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, a los funcionarios de las empresas del Estado dependientes del Ministerio de Defensa Nacional o que se relacionen con el Gobierno a través de éste, ni a los trabajadores de las empresas del Estado que, de acuerdo con la ley, puedan constituir sindicatos.